top of page
  • Foto del escritorSantiago Restrepo

¿Se justifica el uso de animales en la investigación?

Artículo de opinión por: Santiago Restrepo Barrera

Uso de animales en la investigación
Investigación con animales

Antes de responder a la pregunta ¿Se justifica el uso de animales en la investigación?, debemos indagar desde qué postura queremos contestar esta pregunta. El uso de animales en investigación tiende a estar más justificado por aquellos con una visión antropocentrista, debido a que favorecen el bienestar del ser humano por encima de la de otros seres vivos, en este sentido, el sufrimiento animal generado a través de procesos de investigación, puede justificarse en la búsqueda de hallar una cura para enfermedades como el alzhéimer o la epilepsia, debido a que estaría otorgando el incremento de las probabilidades de mayor bienestar para los de nuestra especie. De acuerdo con Bellomo (2019), la perspectiva antropocéntrica se puede justificar por tres enfoques: el enfoque de diferencia cualitativa, principalmente defendida desde las religiones, desde la cual se plantea que el ser humano posee una dimensión espiritual única y que por ello es superior; el enfoque moderno de la superioridad de grado, que se refiere a que el ser humano posee una superioridad evolutiva que es visible en sus capacidades como la inteligencia; y por último, el enfoque holístico de la complejidad, que justifica la instrumentalidad humana para desarrollar el concepto de desarrollo sostenible, con todas las variaciones que puedan generarse del mismo concepto (Bellomo 2019).


Por el contrario, tiende a estar más repudiado por aquellos con una visión bio-centrista, eco-centrista, y similares, miradas que tienden a posicionar al ser humano en el mismo plano o nivel que los demás seres vivos, y por lo tanto no se justifica el daño de unos a favor del bienestar de otros por fuera del orden natural, o como menciona Toca.C (2011) “La ecología profunda no separa los humanos de la naturaleza, no ve el mundo como una colección de objetos aislados, sino como una red de fenómenos que están interconectados y son interdependientes (Hoy, 2000, p. 94).


De acuerdo con lo anterior, y retomando la pregunta original ¿Se justifica el uso de animales en la investigación? Es importante revisar ontológicamente la validez de los argumentos de las posturas antropocéntricas y no antropocéntricas de las cuales se destaca que los argumentos brindados por (Bellomo 2019) del antropocentrismo pierden validez debido a que el enfoque de diferencia cualitativa no puede brindar evidencias que lo comprueben desde el pensamiento científico y excluyendo conocimientos religiosos, mágicos o populares; el enfoque moderno de superioridad de grado se basa en pensamientos dualistas que involucran constructos hipotéticos, nuevamente no comprobables por método inductivo; y el enfoque holístico de complejidad no parte de configuraciones filosóficas serias con bases ontológicas, sino de posturas utópicas de vida no comprobadas ni validadas con suficiencia.


Por el contrario, las visiones no antropocentristas parten de evidenciar que no existen argumentos suficientes que justifiquen que el ser humano es superior a las demás especies, y por lo mismo, no hay acciones válidas para ejercer cualquier tipo de maltrato animal en la experimentación, a favor del bienestar de una única especie.


Con base en lo anterior, los criterios que se deberían confirmar para la aprobación de experimentos deben ser aquellos que posibiliten una experimentación uniforme, igualitaria y equitativa entre las especies. Lo anterior se refiere a que todos los principios de protección que son brindados actualmente para la experimentación con seres humanos, deben extenderse a la experimentación con otras especies, adaptados a sus necesidades de libre desarrollo y bienestar que posibilita su ambiente natural. Lo anterior, manifiesta un profundo desacuerdo con la Declaración Universal de los Derechos del Animal (DUDA), debido a que esta se queda corta en su capacidad de protección de los animales si es equiparada con la protección brindada a los seres humanos a través de otros acuerdos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y las regulaciones extendidas por cada país para los mismos. Esto se observa en puntos como el artículo 7 de la (DUDA) que manifiesta que “Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad de trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo”, dando por sentado que algunos o todos los animales pueden trabajar para nosotros, traspasando su libertad de una vida que no implique esta acción; o el artículo 8ª, “La experimentación animal que implique sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, ya se trate de experimentos médicos, científicos, comerciales, o de cualquier otra forma de experimentación”, dejando vía libre a inferir (aunque no lo mencione) que toda experimentación que no implique sufrimiento físico o psicológico SI es compatible con los derechos animales y por lo tanto es ético realizarla, como también a abrir discusiones y nuevas interpretaciones como en qué punto finaliza el bienestar del animal y en cuál inicia su sufrimiento.


Para concluir, de acuerdo con todo lo mencionado anteriormente, se puede inferir que en la medida en que no podamos estar completamente seguros de estar brindando un trato equitativo que evite toda forma de sufrimiento y privación de una vida en bienestar, y que no implique la privación de la libertad ni de una vida natural, no debemos interferir ni experimentar con la vida de otros seres vivos, y en especial con animales que posean un sistema nervioso con mecanismos para la identificación de dolor, o el desarrollo de conductas que afectan su bienestar como la ansiedad, miedo, depresión o cualquier otro tipo de sufrimiento psicológico.

Referencias


Bellomo. S (2019). Modulaciones del antropocentrismo y el biocentrismo: orientaciones filosóficas para la educación Ambiental. IXTLI - Revista Latinoamericana de Filosofía de la Educación Volúmen 6 - Número 11 - 2019 pp. 71 - 94


Declaración Universal de los derechos del animal. Recuperado de http://bit.ly/37fgPy7


Optogenética: Nature Video (2010). Optogenetics (subtítulos en español por Chile Hace Ciencia). Recuperado de http://bit.ly/35UDVK1


Redondo, R. (2013). La optogenética revoluciona la neurociencia. Revista: El cerebro. Ese gran reto. Recuperado de http://bit.ly/2PY9Svv


Toca. C (2011). Las versiones del desarrollo sostenible. Sociedade e Cultura, vol. 14, núm. 1, enero-junio, 2011, pp. 195-204 Universidade Federal de Goiás Goiania, Brasil.

126 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page